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miércoles, abril 11, 2007

LISI: Censura en la Red

Artículo publicado en El Mundo - Navegante (11/04/2007)

EL CONSEJO DE ESTADO CRITICA EL ARTÍCULO 17 BIS
Nuevas alertas contra la reforma de la Ley de Internet por riesgo de censura en la Red

El anteproyecto deja en manos de las entidades de gestión el bloqueo de contenidos

MADRID.- De momento, para eliminar o bloquear por la fuerza cualquier contenido de Internet, se necesitaba una orden judicial. No obstante, una reforma legal aún en trámites prevé que las entidades de gestión de derechos de autor, como la SGAE, puedan solicitar a las operadoras el bloqueo de contenidos, y éstas estarían obligadas a hacerlo. De momento, el Consejo de Estado ha criticado la introducción de esta medida.

Se trata de la reforma de la Ley 32/2002, de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio electrónico (LSSI), y concretamente de la introducción, a petición de la propia SGAE, del artículo 17 bis (PDF 69 KB).

El dictamen del Consejo de Estado sobre dicho artículo es demoledor. Para empezar, critica la "introducción tardía" del artículo, del que no habían sido informados ni los consumidores ni el Consejo Asesor Técnico de la Sociedad de la Información (CATSI).

Este artículo pretende proteger los derechos de propiedad intelectuales de las distribuciones no autorizadas no sólo desde portales de Internet, sino que además extiende el poder de las entidades de gestión también a los ordenadores personales, al tener en cuenta específicamente los intercambios de archivos entre particulares (P2P). De aprobarse la reforma tal y como está, las entidades de gestión podrían actuar directamente y sin acudir a los tribunales contra un particular que tuviese al menos diez archivos en sus carpetas públicas de intercambio.

Así, en virtud de dicho artículo, las entidades de gestión están "legitimadas" para comunicar a los prestadores de servicios 'web' (acceso a la Red o alojamiento de datos) una posible infracción, se establecen un plazo de diez días para comuncárselo al infractor y de otros diez para posibles alegaciones de éste.

Sin mandato judicial
En caso de no haber respuesta, el prestador de servicios está obligado "a bloquear o deshabilitar el acceso del material que sea presuntamente ilícito" en el plazo de dos días, algo que, de momento, sólo es posible mediante mandato judicial.

Este procedimiento, denominado "de notificación y retirada", no está contemplado en la Directiva 2001/31/CE de la Unión Europea, cuya trasposición es la razón de la reforma de la LSSI. Además, es algo que muy poco países europeos recogen en sus normativas. Bien al contrario, la UE "tiende a fomentar otro procedimiento bien distinto: el de los códigos de conducta mediante acuerdos voluntarios entre todas las partes implicadas", según el propio dictamen del Consejo de Estado.

Asimismo, el órgano consultivo arremete contra la redacción de parte del artículo, especialmente porque no exige más prueba para solicitar el cierre de un sitio 'web' que la mera afirmación de las entidades de gestión de derechos, sin tener en cuenta los costes que ésto supone para el operador.

La Asociación de Internautas ha denunciado que "el anteproyecto convierte a la SGAE y entidades análogas en órganos 'judiciales' capaces de calificar como ilícito y culpable la actuación de un usuario y a los prestadores de servicios en empresas al servicio de estos supuestos jueces, encargadas de retirar los contenidos 'ilícitos' por obra y gracia de unas organizaciones privadas".

Las alertas sobre un posible recorte de libertades en Internet por la futura ley vienen de lejos. El pasado año, las asociaciones de internautas denunciaron que la redacción del artículo 11.1 de la misma reforma establecía que "un órgano administrativo" podría ordenar "la retirada de determinados contenidos provenientes de prestadores establecidos en España", algo que expertos juristas consideran que abriría la puerta a la censura administrativa, una práctica que caracteriza a países como China o Cuba.

Más adelante, la redacción del artículo cambió, y se limitó a sustituir "órgano judicial o administrativo", por "órganos competentes", lo que provocó otra ola de protestas ya que volvía a vulnerarse la obligación del mandamientro judicial para intervenir publicaciones, en este caso contenidos en la Red.

De momento, el texto del anteproyecto está pendiente de su paso por el Consejo de Ministros y su posterior debate en las Cortes. No obstante, los internautas ya anuncian movilizaciones por lo que consideran un serio peligro para la libertad de uso de Internet.

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